Enfoque jurídico práctico de la compraventa de terreno en el Derecho Español

Diversos son los elementos que hay que tener en cuenta a la hora de comprar un terreno conforme al derecho español y es una premisa determinar si está en suelo urbano o si tiene la consideración de rústico. En este último caso la limitación de la construcción viene determinada por un porcentaje variable en cada municipio de máxima edificabilidad.

Paralelamente y siempre asesorados por expertos abogados Málaga deberemos de acudir al registro de la propiedad y el catastro donde nos informarán de los linderos legales, cargas y titularidad última de dicho terreno así como el proyecto urbanístico con cumplimiento de todas las estipulaciones legales que rigen en el sitio concreto de ubicación del solar.

Otro aspecto, en este caso económico, que hay que tener en cuenta la hora de una compra de esa naturaleza es determinar si el pago va a ser en efectivo o mediante financiación de terceros. Nos estamos refiriendo a la compra mediante hipoteca que vienen determinando los expertos que la misma debe sobrepasar el 30% de los ingresos.

¿Es interesante la formalización de un contrato de arras?

Es práctica habitual en la compraventa de estos bienes inmuebles entrega de una señal, normalmente dinero, como compromiso de cumplimiento del pago definitivo acordado y en su caso una penalización si hubiera retractación  llegada la fecha límite que antes se hubiera acordado.

A la hora de realización de la venta definitiva es aconsejable hacerlo ante fedatario público que acreditará todos los extremos de la compraventa quedando el original de dicha escritura incorporada al protocolo del notario y es aconsejable con presencia de abogados de malaga expertos civilistas .

Desde el punto de vista fiscal varios son los impuestos que se comprometen en este negocio  jurídico como es la plusvalía que salvo pacto en contrario la pagará el vendedor y siempre que estemos ante un bien de naturaleza urbana. En el caso que la adquisición se la hagamos a un particular habrá que proceder al pago del impuesto de transmisiones patrimoniales (que se sustituirá por el IVA si el vendedor es una sociedad) y además liquidar el llamado impuesto de actos jurídicos documentados.