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Abogados cierre de actividades no autorizadas Almuñecar

Toda la información sobre los abogados en Almuñecar. Te ofrecemos información detallada tanto de sus especialidades como su información de contacto.


VILLALTA ABOGADOS

C/ Camino de Ronda 74, 5º pta. 4

Especialidad Juridica:
cierre de actividades no autorizadas




VILLALTA ABOGADOS

C/ Camino de Ronda 74, 5º pta. 4

Especialidad Juridica:
cierre de actividades no autorizadas

958 253 208

Granada Almuñecar


(448414  visitas)

J. A. G. P. LAWYERS

C/ Tetuán, 26 Edif. Brisa del Mar next to the Post Office P-4, On the 2nd floor right handside

Especialidad Juridica:
cierre de actividades no autorizadas




J. A. G. P. LAWYERS

C/ Tetuán, 26 Edif. Brisa del Mar next to the Post Office P-4, On the 2nd floor right handside

Especialidad Juridica:
cierre de actividades no autorizadas

+34 958 88 05 86 - 667 65 03 06

Almuñecar


(558179  visitas)

IZQUIERDO & SÁNCHEZ ABOGADOS

C/ Cartuja, 21 bajo

Especialidad Juridica:
cierre de actividades no autorizadas




IZQUIERDO & SÁNCHEZ ABOGADOS

C/ Cartuja, 21 bajo

Especialidad Juridica:
cierre de actividades no autorizadas

958 602 154

Motril Almuñecar


(549139  visitas)


El Cierre de Actividades No Autorizadas

El Cierre de Actividades No Autorizadas es una de las medidas más contundentes que tiene la Administración Pública, principalmente la local, para restablecer la legalidad quebrantada en el ámbito de las actividades económicas. Se observa que este procedimiento no solo se aplica a negocios que operan sin licencia, sino también a aquellos que, teniéndola, incumplen gravemente las condiciones bajo las que fue concedida, afectando a la seguridad, el medio ambiente o la convivencia vecinal.


¿Qué motiva principalmente una orden de cese de actividad?

Las órdenes de cese se fundamentan en el incumplimiento de la normativa sectorial o urbanística. Los motivos más frecuentes son:

  1. Carencia de Título Habilitante: La actividad opera sin la preceptiva Licencia de Actividad, Comunicación Previa o Declaración Responsable.

  2. Incumplimiento de las Condiciones de la Licencia: El negocio excede los límites acústicos autorizados, manipula las instalaciones de seguridad o cambia la actividad para la que fue autorizado (ej., de oficina a pub).

  3. Riesgo o Daño Grave: La actividad genera un riesgo inminente para las personas, la salud pública o el medio ambiente.

Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas órdenes deben estar debidamente motivadas y ser proporcionadas al riesgo o daño causado.

¿Cómo se inicia y qué implica la orden de cese?

El procedimiento se inicia de oficio por la Administración, generalmente tras una denuncia vecinal o una inspección de oficio. La orden de cese implica una medida cautelar o definitiva.

  • Medida Cautelar: Se aplica de forma inmediata si existe un riesgo grave o inminente (ej. falta de medidas de seguridad contra incendios). Busca suspender la actividad mientras se resuelve el expediente.

  • Medida Definitiva: Se ordena una vez concluido el expediente sancionador y de restablecimiento de la legalidad. Implica el cese total de la actividad y, si el titular se niega, la Administración puede proceder al precinto del local.

La notificación de la orden de cese y la posterior ejecución implican un perjuicio económico inmediato. Para defender la continuidad del negocio y negociar soluciones técnicas que eviten el precinto, la actuación de Abogados expertos en Cierre de actividades no autorizadas en almunecar es vital.

¿Es la multa la única consecuencia de operar sin licencia?

No. Al igual que en las obras ilegales, el quebrantamiento de la legalidad de actividades conlleva un doble frente administrativo:

  1. Sanción Económica: Se impone una multa por la comisión de la infracción, cuya cuantía se fija en función de la gravedad y del lucro ilegal obtenido.

  2. Restablecimiento de la Legalidad: Se ordena el cierre y, en su caso, la demolición de las obras que se hubieran realizado para adaptarlas a la actividad no autorizada.

En algunos casos, si la actividad es legalizable (es decir, si cumple los requisitos técnicos y urbanísticos vigentes), se puede conceder un plazo para su legalización. No obstante, esto no exime al infractor de la multa impuesta por haber operado ilegalmente hasta ese momento.

¿Cuál es el papel de la figura de Abogados expertos en Cierre de actividades no autorizadas en almunecar en estos procedimientos?

Ante una orden de cese o un inminente precinto, el tiempo de reacción es mínimo y las consecuencias económicas, inmediatas. El asesoramiento de Abogados expertos en Cierre de actividades no autorizadas en almunecar se enfoca en tres áreas clave:

  1. Defensa Cautelar: Impugnar la orden de suspensión inmediata demostrando que no existe riesgo grave o inminente, lo que permite ganar tiempo para regularizar la situación.

  2. Legalización o Adaptación: Analizar la posibilidad de legalizar la actividad o realizar las correcciones técnicas necesarias (insonorización, accesibilidad) para obtener la licencia y cesar el expediente.

  3. Recurso de la Sanción: Impugnar la cuantía de la multa impuesta, buscando su reducción o anulación por motivos de prescripción o vicios de forma en el expediente.