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Abogados infracciones urbanisticas Salobreña

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ESPÍN & ZARZO ABOGADOS Y ASESORES

Labradores , 8 - 1º A

Especialidad Juridica:
infracciones urbanisticas




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El Quebrantamiento de la Ley Urbanística: Infracciones y Sanciones

La Infracción Urbanística se define como toda acción u omisión que contravenga las determinaciones del planeamiento urbanístico (PGOU, Planes Parciales, etc.) o de la normativa que regula la ejecución de obras y usos del suelo. Se observa que su existencia da lugar a la intervención de la Administración mediante la potestad sancionadora y la potestad de restablecimiento de la legalidad.

¿Qué actos son considerados infracciones urbanísticas según la Ley?

Conforme al Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (TRLSRU), y especialmente sus desarrollos autonómicos, las infracciones se clasifican generalmente en leves, graves y muy graves. Las más comunes incluyen:

  1. Ejecución de obras sin la preceptiva Licencia Urbanística o sin ajustarse a las condiciones de la misma.

  2. Modificación del uso de edificaciones sin la autorización requerida (ej. pasar de residencial a industrial).

  3. Realización de parcelaciones en suelo no urbanizable (suelo rústico), lo que se considera una de las infracciones más graves.

  4. Incumplimiento de las órdenes de ejecución de obras de conservación o seguridad.

Se considera fundamental que la normativa de cada Comunidad Autónoma detalle el catálogo de infracciones y el quantum de las sanciones.

¿Quiénes son los responsables de una infracción urbanística?

La responsabilidad por las infracciones urbanísticas recae sobre todas aquellas personas o entidades que intervengan en la comisión del acto ilegal. La Administración suele dirigir el expediente contra:

  • El promotor o propietario de la obra.

  • El constructor o contratista material de las obras.

  • Los técnicos que hayan visado el proyecto o dirigido las obras.

  • El propietario del suelo que haya permitido la acción.

La concurrencia de varios responsables implica que pueden ser sancionados de forma solidaria. Para la adecuada defensa de cada interviniente y la delimitación de responsabilidades, la intervención de Abogados expertos en Infracciones urbanísticas en salobrena es imprescindible.

¿Cómo se castigan las infracciones? El doble expediente

Una infracción urbanística no solo genera una multa, sino que dispara un doble expediente administrativo:

  1. Restablecimiento de la Legalidad: Su objetivo es eliminar los efectos de la infracción, ordenando la paralización inmediata de las obras y, si procede, la demolición de lo ilegalmente construido o la reposición de la realidad física alterada a su estado original.

  2. Sancionador: Tiene carácter punitivo, imponiendo multas cuya cuantía está directamente relacionada con la gravedad de la infracción y el valor de lo construido, pudiendo ser sumas muy elevadas en el caso de infracciones muy graves en suelo no urbanizable.

Es vital entender que el pago de la multa no exime al infractor de la obligación de demoler la obra ilegal. Para navegar esta situación y articular los recursos oportunos, la asistencia legal de Abogados expertos en Infracciones urbanísticas en salobrena resulta crucial.

¿Cuándo prescribe la potestad sancionadora de la Administración?

El principio de la prescripción limita temporalmente la potestad de la Administración para actuar. La Ley de Suelo y las leyes autonómicas establecen plazos de prescripción (frecuentemente cuatro años para el inicio de la acción de restablecimiento, contados desde la completa terminación de las obras). No obstante, es una regla con excepciones muy relevantes:

  • Infracciones imprescriptibles: En muchas regulaciones autonómicas, las acciones u omisiones que se realicen en suelo no urbanizable o rústico de especial protección no prescriben nunca, o tienen plazos de prescripción mucho más amplios.

  • Dominio Público: Las obras o usos sobre bienes de Dominio Público son generalmente imprescriptibles.

El conocimiento de estos plazos y excepciones es fundamental para determinar si la acción administrativa es legalmente procedente.