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Por qué la oferta motivada es el mínimo, cómo se mueve en los juzgados y qué te cuesta dinero. Los despachos de abajo se dedican a reclamaciones a aseguradoras.
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Guía práctica · Reclamación a compañías de seguros en Granada
Has tenido un siniestro, has dado parte y ahora la aseguradora te manda una oferta que no cuadra con los daños reales. O peor: te lo niega directamente porque dice que la cobertura no aplica, que hubo culpa tuya, o que la lesión no está justificada. La reclamación a compañías de seguros en Granada es uno de los terrenos donde más dinero pierde la gente por no plantarse a tiempo. Las aseguradoras saben perfectamente lo que ofrecen y por qué lo ofrecen. Tú, normalmente, no. Y mientras decides si firmar el finiquito o no, los plazos siguen corriendo.
En accidentes de tráfico con lesiones, la compañía contraria está obligada a hacer una oferta motivada en tres meses desde que recibe la reclamación. Suena bien sobre el papel. En la práctica, esa oferta suele venir baja: días de perjuicio mal contados, secuelas infravaloradas por el médico de la propia aseguradora, lucro cesante ignorado. Lo que mucha gente no sabe es que cuando la compañía paga tarde, la ley castiga ese retraso con intereses muy por encima del legal. En un siniestro de lesiones medianamente serio, son miles de euros que se pierden si nadie los reclama bien.
Lo mismo pasa con los seguros de hogar tras una fuga, un incendio o daños por agua del vecino, y con los de vida cuando aparece una cláusula de exclusión que el cliente nunca había leído. La aseguradora aplica su criterio. No el tuyo.
Antes de demandar, lo primero es la reclamación extrajudicial por escrito. Si la respuesta es insuficiente, queja al Servicio de Atención al Cliente y, si no hay acuerdo, a la Dirección General de Seguros. Y desde abril de 2025 hace falta acreditar un intento de negociación o conciliación previa antes de la demanda civil. El Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Granada se ha convertido en una vía habitual para cumplir ese trámite, y a veces para cerrar el asunto sin pasar por el juzgado. Si no se intenta, el juez puede penalizarlo en costas.
Cuando el caso entra en vía judicial, la mayoría de los pleitos por seguros se sustancian ante la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Granada, en los juzgados de la Caleta. Si la cuantía no supera los 15.000 euros, juicio verbal; por encima, ordinario. Hasta 2.000 euros se puede ir sin abogado ni procurador, pero enfrentarte sin letrado al equipo jurídico de una aseguradora suele acabar mal. Para la pericial médica en lesiones, la referencia es el Instituto de Medicina Legal en el Parque Tecnológico de la Salud. Y si el caso sube a apelación, va a la Audiencia Provincial, secciones 3, 4 o 5, en la Real Chancillería.
El más caro: firmar el finiquito que te manda la aseguradora pensando que es un trámite. Ese papel cierra la reclamación. Una vez firmado, recuperar la diferencia es muy difícil.
El segundo: dejar pasar el plazo. La acción prescribe a los dos años en seguros de daños y a los cinco en seguros de personas. En accidentes de tráfico con lesiones, un año desde que se conoce el alcance definitivo de la lesión, normalmente coincidiendo con el alta médica. Mucha gente cuenta el año desde el accidente, y cuando va al abogado ya no llega.
El tercero: no guardar pruebas. Fotos, partes médicos completos con fechas, presupuestos, facturas, comunicaciones por escrito con la compañía. Lo que no esté documentado, no existe a efectos del pleito. Esto se ve a diario con golpes en la circunvalación: el perjudicado no pide el atestado y luego no hay forma de discutir la mecánica del accidente.
Y el cuarto: contestar al perito de la aseguradora sin asesoramiento. Cualquier cosa que digas se puede usar después para reducir la indemnización.
Si tienes la oferta encima de la mesa, no firmes nada antes de que un abogado revise los conceptos uno por uno. Reúne todo: póliza completa con condicionado general y particular, partes médicos, informes periciales si los hay, atestado de la Guardia Civil o de la Policía Local cuando hay tráfico, y todas las comunicaciones con la compañía. Cuando la valoración del médico de la aseguradora no cuadra, el siguiente paso suele ser una contra peritación, y si el caso se judicializa, la valoración del IML en el PTS suele inclinar la balanza.
Lo que no debes hacer: aceptar la versión del perito sin contrastarla cuando hay dudas, dejar pasar las semanas sin reclamar formalmente por escrito, ni pensar que llamar a la aseguradora cuenta como reclamación. Cuenta lo que esté firmado, fechado y registrado.
Estas reclamaciones se ganan con detalle: cuantificación bien hecha, pericial sólida y un abogado que sepa cuándo conviene negociar y cuándo demandar. Las grandes compañías concentran sus delegaciones en el eje Gran Vía - Avenida de la Constitución, y el letrado que ya ha tratado con sus tramitadores y ha pleiteado contra ellas en la Sección Civil del Tribunal de Instancia sabe leer la oferta de partida y calcular cuánto se puede ganar por la vía de los intereses de demora. Aquí abajo tienes profesionales en Granada especializados en este tipo de asuntos, también para siniestros en la costa o el resto de la provincia. Una primera consulta antes de firmar nada suele ahorrar bastante más de lo que cuesta.
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Reclamación a compañías de seguros
Pide por escrito el motivo del rechazo y revisa la póliza, en especial las cláusulas limitativas, que solo son válidas si se destacan y las firmó el asegurado. Después puedes reclamar ante el servicio de atención al cliente o el defensor del asegurado de la entidad y, si no hay respuesta satisfactoria, acudir a la vía judicial.
La aseguradora debe pagar, dentro de los cuarenta días siguientes a la declaración del siniestro, el importe mínimo de lo que pueda deber; la indemnización definitiva depende de las peritaciones y comprobaciones necesarias. Si no cumple en tres meses sin causa justificada, incurre en mora y se devengan intereses especialmente elevados, calculados desde la fecha del siniestro.
Sí. El artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro permite al perjudicado ejercitar la acción directa contra la aseguradora del responsable, que no puede oponerle las excepciones que tendría frente a su propio asegurado, salvo la culpa exclusiva del perjudicado. No es imprescindible demandar también al causante, aunque en la práctica suele hacerse según cómo se plantee el asunto.
No estás obligado a aceptar la valoración del perito de la compañía. En los seguros de daños, si no hay acuerdo, cada parte designa su perito y, si estos discrepan, se nombra un tercero, por acuerdo o, en su defecto, por vía judicial o notarial. Conserva fotografías, facturas y presupuestos antes de reparar nada, porque son la base de la valoración.
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