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Abogado de desahucios en Granada: qué hacer si te han demandado (o si tu inquilino no paga)

Quién es el propietario y en qué situación está el inquilino cambian por completo el calendario del procedimiento. Abajo, quienes lo litigan en la provincia.

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Guía práctica · Desahucios en Granada

Te ha llegado una demanda de desahucio por correo y tienes diez días para contestar. O al revés: llevas meses sin cobrar la renta, el inquilino no responde al teléfono y empiezas a perder la paciencia. En los dos lados del problema, un desahucio en Granada no se arregla con una plantilla bajada de internet ni con una conversación de escalera. Aquí se pierde la vivienda o se pierden meses de rentas que ya no vuelven, y normalmente el que no se mueve rápido es el que paga el pato.

No todos los desahucios son iguales

La palabra "desahucio" se usa para cosas muy distintas. Por impago de alquiler, cuando el inquilino deja de pagar la renta. Por expiración del contrato o fin de plazo, cuando el arriendo ha terminado y la persona sigue dentro. Por precario, cuando alguien ocupa el inmueble sin título ni renta, incluyendo situaciones de okupación. Y por incumplimiento grave, que es menos frecuente, pero existe. El procedimiento, los plazos y lo que hay que demostrar cambian en cada caso. Que un abogado te diga desde el primer minuto en cuál estás es lo que marca la diferencia entre llevar el asunto por la vía que corresponde o empantanarlo desde la demanda.

La Ley de Vivienda lo ha cambiado todo: gran tenedor y vulnerabilidad

Desde la Ley de Vivienda de 2023, una demanda de desahucio no se admite a trámite sin aclarar dos cosas. Primera: si el propietario es gran tenedor, es decir, si supera el umbral de inmuebles que fija la norma. Segunda: si el inquilino se encuentra en situación de vulnerabilidad económica acreditada por Servicios Sociales. Cuando concurren gran tenedor e inquilino vulnerable, hay que pasar por un procedimiento previo de conciliación o intermediación antes de poder pisar el juzgado. Saltárselo significa que el juzgado te devuelve la demanda sin admitirla. Por eso, antes de presentar nada, hay que tener claro el perfil de las dos partes.

Cómo se tramita un desahucio en los juzgados de Granada

Los asuntos de desahucio en la capital caen en la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Granada, en la Caleta, Avenida del Sur. Si el inmueble está en Motril, Baza, Loja, Guadix o Almuñécar, el asunto va al partido judicial correspondiente. No es un detalle menor: un abogado que se mueve en esos juzgados sabe qué sección lleva los lanzamientos con mano firme, con qué procurador se trabaja bien allí y cuánto tarda realmente una vista en señalarse.

¿Y cuánto dura? Depende menos del calendario que de lo que pase dentro del procedimiento. Una demanda bien montada se admite sin incidencias; una con defectos se queda parada en el requerimiento de subsanación. Si el inquilino se opone hay vista, y si el juzgado remite el expediente a Servicios Sociales para valorar la vulnerabilidad, el procedimiento queda a la espera de ese informe. Sobre el coste: intervienen abogado y procurador, y la factura no es la misma si hay oposición, si se acumula la reclamación de rentas o si el asunto acaba en apelación ante la Audiencia Provincial en la Real Chancillería. Lo serio es pedir presupuesto por escrito antes de empezar, no después.

Los errores que salen caros

Si eres propietario, el fallo clásico es esperar demasiado. Tres meses sin cobrar se convierten en seis, y cada mes es dinero que probablemente no vas a ver. Otro error: aceptar pagos parciales por escrito sin asesoramiento, porque puede enervar la acción y mandarte de vuelta a la casilla de salida. Y el más grave, cambiar la cerradura o cortar suministros por tu cuenta. Eso no es recuperar la vivienda, eso es un delito, y en Granada la Fiscalía y la Sección de Instrucción correspondiente no se lo tomarán a broma.

Si eres inquilino y te ha llegado la demanda, el error más común es no contestar en plazo pensando que ya hablarás con el juez el día de la vista. No funciona así. Sin oposición formal presentada por abogado y procurador, el juzgado puede dictar sentencia sin más y fijar fecha de lanzamiento. El segundo error es no plantear la enervación cuando aún es posible: pagar todo lo debido para parar el desahucio, una sola vez en la vida del contrato y antes de la vista. Y el tercero, no acreditar la vulnerabilidad económica ante Servicios Sociales si realmente concurre, porque eso abre opciones legales que sin informe no existen.

Qué hacer desde hoy

Si eres propietario, reúne el contrato, los recibos impagados, los burofaxes de reclamación si los mandaste, los justificantes de la cuenta donde se ingresaba la renta y cualquier comunicación por escrito con el inquilino. Y piensa ya en el día del lanzamiento: si llega, vas a necesitar cerrajero avisado y no tendrás que acompañar a la comisión judicial a la puerta ya que irá el procurador. Cuanto más limpio llegue el expediente al abogado, menos tiempo se pierde reconstruyendo lo que ya ha pasado.

Si eres inquilino y te han demandado, lo prioritario es la fecha. En el fajo de papeles que te ha entregado el funcionario del servicio de notificaciones del Tribunal de Instancia, busca la hoja que dice decreto de admisión: ahí figura el plazo que tienes para oponerte, normalmente diez días hábiles. Reúne contrato, justificantes de los pagos que sí hiciste, cualquier documento que acredite tu situación económica y los informes de Servicios Sociales si los hay. Y no vayas a la Caleta a "hablar con el juez". No se puede, y mientras tú pierdes la mañana buscando aparcamiento en Pajaritos la tramitación sigue su curso sin ti.

Un abogado que conozca los juzgados de aquí

Un desahucio es un procedimiento técnico con plazos cortos y consecuencias muy serias: o pierdes la casa en la que vives, o pierdes meses de rentas que ya no recuperas. Lo razonable es que lo lleve alguien que ya ha estado muchas veces en la Sección Civil del Tribunal de Instancia, que sabe cómo se presenta una demanda para que se admita a la primera, cómo se plantea una oposición con recorrido real y cómo se coordina con Servicios Sociales cuando toca.

Elige por cercanía al inmueble, por especialización o por el enfoque que busques, y pide una primera valoración cuanto antes: en esta materia los plazos de oposición son cortos y no se recuperan.

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Desahucios

Preguntas frecuentes

¿Se pueden reclamar las rentas impagadas en la misma demanda?

Sí, y es lo aconsejable: la ley permite acumular al desahucio la reclamación de las rentas y cantidades debidas, incluidas las que se sigan devengando hasta la entrega de la vivienda. Pedirlo después obliga a un segundo procedimiento. Otra cosa es cobrarlo: obtenida la sentencia, hay que abrir la ejecución y localizar bienes o ingresos del deudor.

¿Se puede desahuciar sin contrato escrito?

Sí. El arrendamiento verbal es válido; lo que hay que acreditar es que existía una relación de arrendamiento y que no se paga. Sirven las transferencias periódicas, los recibos, los mensajes en los que se habla de la renta o los testigos. Si no hay forma de probar esa relación ni la renta, el cauce deja de ser el desahucio por impago y pasa a ser otro.

¿Qué se puede hacer si alguien ocupa una vivienda vacía?

Depende de cómo se produjera la entrada y del tiempo transcurrido. Si quien está dentro no tiene título ni paga renta, el cauce civil habitual es el desahucio por precario y, cuando concurren sus requisitos, existe además un procedimiento sumario para recuperar la posesión. Según las circunstancias puede haber también vía penal, aunque no toda ocupación lo es. Lo que nunca procede es cambiar la cerradura o cortar suministros.

¿Se puede retrasar el lanzamiento por vulnerabilidad?

Puede ocurrir, y es una de las razones por las que el calendario se alarga. Cuando se acredita que quien ocupa la vivienda está en situación de vulnerabilidad, el juzgado lo comunica a los servicios sociales y, en los supuestos y plazos que la ley prevea en cada momento, el lanzamiento puede suspenderse para buscar alternativa habitacional. La suspensión no borra la deuda, que sigue devengándose.

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